Teléfono gratuito de atención al cliente:
Puede comunicar sus quejas, reclamaciones o solicitar información a través del siguiente correo electrónico
Si necesita comunicar la lectura de su contador, o si ha recibido un aviso en su vivienda sobre la lectura de su equipo de medida, debido a que no hemos pedido acceder a su contador para verificar su consumo de electricidad, puede comunicarla en el siguiente formulario o poniéndose en contacto con nosotros a través del teléfono 900 818 895 o del email info@sestelo.com
• Introduzca únicamente las medidas de su tarifa.
• Recuerde que tiene 2 meses de plazo para facilitarnos sus datos de consumo, a partir de la recepción del aviso en su casa.
Se ha abierto el proceso de consulta pública, en el marco de la Circular 1/2024 de la CNMC, sobre los criterios de evaluación de solicitudes de acceso y conexión entre redes de distribución.
El plazo para la presentación de alegaciones estará abierto hasta el 18 de junio de 2026.

Si eres el titular de un suministro con potencia contratada inferior a 15 Kw y dispones de un contador de telegestión, podrás consultar y descargarte los datos de tu consumo dándote de alta en el servicio.

Te facilitamos el acceso a la plataforma de Servicios de Distribución donde encontrarás respuesta a todas tus necesidades como consumidor.

Espacio dedicado al autoconsumo. Aquí podrás realizar el seguimiento de tus expedientes y encontrarás toda la información que necesites.
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900 818 895
Si es productor de energía eléctrica, puede realizar sus trámites de acceso y conexión a través del siguiente acceso según los términos previstos en la Circular 1/2021
El objeto de dicha Circular es establecer la metodología y condiciones de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución por parte de los productores de energía eléctrica, incluidas las instalaciones de almacenamiento en los términos previstos en el artículo 6.3 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Circular 1/2021, al objeto de aumentar la transparencia, facilitar que los promotores puedan solicitar acceso y conexión allí donde esté disponible y evitar incurrir en el supuesto de inadmisión contemplado en el artículo 8.1.d) del RD 1183/2020, los gestores de red deben mantener un registro con la capacidad de acceso disponible y ocupada «en relación con las subestaciones que operan, en cada una de sus barras de tensión superior a 1 kV»
A este respecto se informa que Eléctrica de Ver actualmente no opera una subestación, por lo que dicha publicación no le corresponde a esta empresa. A continuación puede acceder al mapa de subestaciones.